Base On-line

Trámites

Pago de tributos y otros ingresos

¿Qué es?

El pago, en periodo voluntario y ejecutivo, se efectúa para cancelar la deuda pendiente de los tributos y multas de circulación de los municipios que han delegado la recaudación a BASE.

¿Quién?

Cualquier persona interesada en realizar el pago.

Documentación necesaria

Hay que disponer de la carta de pago que BASE envía por correo ordinario, e-mail o SMS a fin de facilitar al contribuyente este trámite, excepto que se haga el pago por TPV a través de BASE on-line (es necesario autenticarse con certificado digital).

Puede solicitar un duplicado de la carta de pago en cualquiera de las oficinas de BASE o bien descargarla a través de las siguientes opciones:

  • Cartas de pago: servicio que permite descargar una carta de pago o hacer directamente el pago on-line con tarjeta de crédito o débito.

Aviso: El pago deberá efectuarse dentro del plazo indicado en la carta de pago. Si ya ha transcurrido este plazo, se puede solicitar un nuevo documento de pago según la situación de su expediente.

¿Dónde y cómo?

Las opciones disponibles son las siguientes:

Pago con tarjeta de crédito o débito

  • A través de BBVA (tarjetas Visa, MasterCard y Maestro). Seleccione el Emisor indicado en la carta de pago (pdf) y pulse Continuar.
     
       

Pago en las entidades colaboradoras

A les entitats col·laboradores indicades en la carta de pagament i segons la modalitat escollida:

  • Presencialmente o por cajero electrónico. En las oficinas de las entidades colaboradoras o en sus cajeros automáticos con lectores de códigos de barras, con la presentación de la carta de pago correspondiente.
  • Por banca telefónica, siempre que la entidad colaboradora disponga de este servicio. Modalidad exclusiva para los clientes de entidades con servicios de banca telefónica y que tengan suscrito un convenio de colaboración con BASE-Gestión de Ingresos:

    BBVA
    Tel. 91224 94 26
    En horario de verano: de lunes a viernes, de 7 a 17.30 horas.
    En horario de invierno: de lunes a sábado, de 7 a 17.30 horas.
     
  • Por Internet, a través de cargo en la cuenta o la tarjeta de débito o crédito. Hay que ser cliente de la entidad bancaria que disponga de esta modalidad de pago.

Pago por transferencia bancaria

En el caso de que éste sea un medio de pago admitido, hay que indicar que de acuerdo con el artículo 60.5 de la Ordenanza fiscal de BASE-Gestió d'Ingressos, el pago efectuado mediante transferencia bancaria sólo tendrá efectos liberadores en la fecha de la operación en la cuenta de destino de BASE-Gestió d'Ingressos.

Trámites Relacionados