Alteraciones físicas o jurídicas en inmuebles
El Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece que los titulares de inmuebles están obligados a comunicar las alteraciones de carácter físico, económico o jurídico que realicen en los inmuebles.
BASE-Gestió d’Ingressos tiene un convenio de colaboración con la Dirección General del Catastro por el que puede recepcionar la documentación necesaria para declarar estas alteraciones.
Las alteraciones físicas o jurídicas se declaran en el modelo 900D, el cual incorpora información sobre los documentos necesarios para cada tipo de alteración.